Metidos en Carretera
Símbolo | Denominación | Tramo | Observaciones |
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Provincia de Huesca | |||
N-240 | De Tarragona a San Sebastián y Bilbao | Inter. N-123 (Huesca)-L.P. Zaragoza L.P. Zaragoza-Inter C-134 |
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C-125 | De Tudela a Jaca | En su totalidad | |
C-129 | De Zaragoza a Monzón | En su totalidad | |
C-136 | De Huesca a Francia por Sallén de Gállego | Inter. C-140-Frontera Francesa | |
C-138 | De Barbastro a Francia por Broto | Inter. HU-904-Inter. C-140 (Ainsa) e Inter. C-140 (Broto)-Fin const. | |
C-139 | De Barbastro a Francia por Benasque | Inter. C-138-Inter. HU-904 Inter. C-1311-Inter. C-140 Inter. C-144-Final tramo construido |
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C-1310 | De Fraga a Huesca | En su totalidad | |
C-148 | De Tárrega a Binéfar | En su totalidad | |
C-230 | De Caspe a Sariñena | En su totalidad | |
C-242 | De Fraga a Reus | En su totalidad | |
HU-202 | De N-240 a Ansó | En su totalidad | |
HU-203 | De N-240 a Berdún | En su totalidad | |
HU-204 | De HU-202 a Berdún | En su totalidad | |
HU-210 | De Puente de la Reina a Hecho | En su totalidad | |
HU-211 | De HU-210 a Urdues | En su totalidad | |
HU-212 | De HU-210 a Aragues del Puerto | En su totalidad | |
HU-214 | De Jaca a Jasa | En su totalidad | |
HU-230 | De Bernúes a S. Juan de la Peña | En su totalidad | |
HU-300 | De Anzanigo a Hostal de Ipies | En su totalidad | |
HU-301 | De HU-300 a Estación F.C. de Orna | En su totalidad | |
HU-310 | De Lím. Zaragoza (N-240) a Estación F.C. de Riglos | En su totalidad | |
HU-311 | De Ayerbe a Loarre | En su totalidad | |
HU-312 | De Esquedas a Loarre | En su totalidad | |
HU-313 | De HU-312 a Anies | En su totalidad | |
HU-314 | De HU-312 a Bolea | En su totalidad | |
HU-320 | De C-140 a Fragen | En su totalidad | |
HU-321 | De Sabiñanigo a Fiscal | En su totalidad | |
HU-322 | De Lanave a Boltaña | En su totalidad | |
HU-324 | De Huesca a Apies | En su totalidad | |
HU-330 | De Loporzano a Nocito | En su totalidad | |
HU-331 | De Estrecho Quinto a Aguas | En su totalidad | |
HU-332 | De Aguas a Bierge | En su totalidad | |
HU-333 | De Angües a Aguas | En su totalidad | |
HU-334 | De HU-333 a Bierge | En su totalidad | |
HU-340 | De Lescellas a Naval | En su totalidad | |
HU-341 | De Abiego a Rodellar | En su totalidad | |
HU-342 | De Colungo a Ainsa | En su totalidad | |
HU-343 | De Bierge a Adahuesca | En su totalidad | |
HU-344 | De Peraltilla a Abiego | En su totalidad | |
HU-350 | De Castillazuelo a Puente de Buera | En su totalidad | |
HU-351 | De Puente de Buera a Adahuesca | En su totalidad | |
HU-352 | De HU-351 a Alquezar | En su totalidad | |
HU-353 | De Barbastro a Naval | En su totalidad | |
HU-354 | De El Grado a Hoz de Barbastro | En su totalidad | |
HU-500 | De Zuera a Las Pedrosas | En su totalidad | |
HU-504 | De N-123 a Las Pedrosas | En su totalidad | |
HU-523 | De Esquedas a Almudévar | En su totalidad | |
HU-524 | De HU-523 a Montmesa | En su totalidad | |
HU-530 | De Ayerbe a Santa Eulalia de Gállego (Lím. Zaragoza) | En su totalidad | |
HU-533 | De (Lím. Zaragoza) Santa Eulalia de Gállego a Fuencalderas (Lím. Zaragoza) | En su totalidad | |
HU-534 | De (N-240) Lím. Zaragoza a Agüero | En su totalidad | |
HU-563 | De Larues a (Bagües) Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
HU-564 | De Bailo a Larues | En su totalidad | |
HU-601 | De N-330 a Estación F.C. de Jaca | En su totalidad | |
HU-602 | De C-134 a Jaca | En su totalidad | |
HU-610 | De Escarrilla a Balneario de Panticosa | En su totalidad | |
HU-611 | De HU-610 a El Pueyo de Haca | En su totalidad | |
HU-612 | De HU-610 a Panticosa | En su totalidad | |
HU-630 | De C-138 a Ordesa | En su totalidad | |
HU-631 | De Sarvise a Escalona | En su totalidad | |
HU-632 | De C-138 a Boltaña | En su totalidad | |
HU-633 | De C-138 a Ainsa-Barrio Alto | En su totalidad | |
HU-640 | De Ainsa a Frontera de Francia | En su totalidad | |
HU-641 | De Salinas a Sahún | En su totalidad | |
HU-650 | De Noales a Denuy | En su totalidad | |
HU-710 | De Candasnos a Valdestrecho | En su totalidad | |
HU-711 | De HU-710 a Peñalba | En su totalidad | |
HU-712 | Travesía de Fraga | En su totalidad | |
HU-713 | Travesía de Peñalba | En su totalidad | |
HU-800 | De N-123 a Estación F.C. Almudévar | En su totalidad | |
HU-801 | De Almudévar a Alcubierre | En su totalidad | |
HU-802 | De Tardienta a Almuniente | En su totalidad | |
HU-810 | De Huesca a Grañén | En su totalidad | |
HU-811 | De La Granja a Robres | En su totalidad | |
HU-812 | De HU-811 a Grañén | En su totalidad | |
HU-813 | De HU-810 a HU-811 | En su totalidad | |
HU-814 | De Sesa a Grañén | En su totalidad | |
HU-820 | De Grañén a Sariñena | En su totalidad | |
HU-822 | De HU-820 a Lalueza | En su totalidad | |
HU-823 | De Lanaja a Estación F.C. Poleñino | En su totalidad | |
HU-824 | De Venta Ballerías a Estación F.C. Poleñino | En su totalidad | |
HU-830 | De Lanja a Pallaruelo de Monegros | En su totalidad | |
HU-831 | De Cast. se Monegros a Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
HU-832 | De Portellada a Peñalba | En su totalidad | |
HU-840 | De Monflorite a Blecua | En su totalidad | |
HU-841 | De Novales a Sietamo | En su totalidad | |
HU-842 | De N-240 a Blecua | En su totalidad | |
HU-843 | De Angües a Antillón | En su totalidad | |
HU-844 | De Sesa a Pertusa | En su totalidad | |
HU-850 | De Blecua a Berbegal | En su totalidad | |
HU-851 | De Berbegal a Venta Ballerías | En su totalidad | |
HU-852 | De HU-851 a Lagunarrota | En su totalidad | |
HU-853 | De Pertusa a Sena | En su totalidad | |
HU-854 | De HU-853 a El Tormillo | En su totalidad | |
HU-860 | De Candasnos a Ontiñena | En su totalidad | |
HU-861 | De Ontiñena a Monzón | En su totalidad | |
HU-862 | De Albalate a Binéfar | En su totalidad | |
HU-863 | De Binaced a Gimenells | En su totalidad | |
HU-864 | De Albalate a Monzón | En su totalidad | |
HU-870 | De Binéfar a Ripol | En su totalidad | |
HU-871 | De Monzón a Binaced | En su totalidad | |
HU-872 | De Fraga a Alcolea | En su totalidad | |
HU-873 | De Zaidín a Estación F.C. Tamarite | En su totalidad | |
HU-874 | De Estación F.C. Selgua a Berbegal | En su totalidad | |
HU-880 | De Barbastro a Berbegal | En su totalidad | |
HU-881 | De Laperdiguera a San Román | En su totalidad | |
HU-882 | De Peraltilla a Pertusa | En su totalidad | |
HU-883 | De Sena a Valfarta | En su totalidad | |
HU-892 | Enlace de la HU-712 y N-II | En su totalidad | |
HU-900 | De Monzón a Fonz | En su totalidad | |
HU-901 | De Monzón a Peralta de la Sal | En su totalidad | |
HU-902 | De C-148 a Almacellas | En su totalidad | |
HU-903 | De Binéfar a Estada | En su totalidad | |
HU-910 | De HU-904 a HU-903 | En su totalidad | |
HU-911 | De HU-903 a Estadilla | En su totalidad | |
HU-912 | De HU-904 a Olvena | En su totalidad | |
HU-913 | De San Esteban a Durroy | En su totalidad | |
HU-920 | De Altorricón a Coll de Foix | En su totalidad | |
HU-921 | De Tamarite a (Lím. Lérida) Clamor de Almacellas | En su totalidad | |
HU-922 | De N-230 a Tamarite de Litera | En su totalidad | |
HU-923 | Travesía de Tamarite de Litera | En su totalidad | |
HU-930 | De Castillonroy a Saganta | En su totalidad | |
HU-932 | De Benabarre a Laguarres | En su totalidad | |
HU-933 | De Graus a Arén | En su totalidad | |
HU-934 | De C-139 a HU-933 | En su totalidad | |
HU-940 | De Lascuarre a Castarnés | En su totalidad | |
HU-941 | De N-230 a Montañana | En su totalidad | |
HU-942 | De N-230 a Arén | En su totalidad | |
HU-943 | De la HU-501 a Calasanz | En su totalidad | |
HU-944 | De Tamarite a Altorricón | En su totalidad | |
S/C | Tramo antiguo de la C.N. 240 en acceso a Los Corrales | En su totalidad | |
S/C | Travesía de Peralta de la Sal | En su totalidad | |
S/C | Acceso a La Almunia de San Juan | En su totalidad | |
S/C | Travesía antigua de la C.C. 148 en Albelda | En su totalidad | |
S/C | Antigua travesía Sallent a Formigal | En su totalidad | |
S/C | Acceso C-136 a Sallent de Gállego | En su totalidad | |
S/C | Antigua travesía N-240 (Barbastro) | En su totalidad | |
S/C | Antigua travesía C-138 (Barbastro) | En su totalidad | |
Provincia de Teruel | |||
C-221 | De Calatayud a Gandesa | En su totalidad | |
C-222 | De Vivel del Río a Zaragoza | En su totalidad | |
C-232 | De El Grao de Castellón a Teruel | En su totalidad | |
TE-100 | De N-234 a Perales de Alfambra | En su totalidad | |
TE-101 | De N-234 a Vivel del Río | En su totalidad | |
TE-102 | De N-234 a Navarrete del Río | En su totalidad | |
TE-104 | De Blesa a (Moyuela) Lím. Zaragoz | En su totalidad | |
TE-110 | De N-232 a Muniesa | En su totalidad | |
TE-111 | De N-234 a Fonfría | En su totalidad | |
TE-112 | De TE-101 a Fonfría | En su totalidad | |
TE-113 | De C-222 a Fonfría (por Allueva) | En su totalidad | |
TE-114 | De Fonfría a C-222 (por Rudilla) | En su totalidad | |
TE-123 | De N-420 a Estación F.C. Utrillas | En su totalidad | |
TE-124 | De Muniesa a Blesa | En su totalidad | |
TE-130 | De N-420 (Alcorisa) a Andorra | En su totalidad | |
TE-131 | De Andorra a N-420 (Calanda) | En su totalidad | |
TE-132 | De TE-110 a Andorra | En su totalidad | |
TE-133 | De Andorra a TE-110 (por Alloza) | En su totalidad | |
TE-161 | De Ferreruela a Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
TE-170 | De TE-110 a Lím. Zaragoza (Lécera) | En su totalidad | |
TE-200 | De N-234 a Rubielos de Mora | En su totalidad | |
TE-201 | De N-234 a Mora de Rubielos | En su totalidad | |
TE-300 | De N-232 a Valderrobres | En su totalidad | |
TE-301 | De N-420 a TE-300 | En su totalidad | |
TE-302 | De Valderrobres a N-232 | En su totalidad | |
TE-303 | De TE-302 a Peñarroya de Tastavins | En su totalidad | |
TE-304 | De Inter. Con TE-330 a Beceite | En su totalidad | |
TE-310 | De N-420 a Estación de F.C. Valdeltormo | En su totalidad | |
TE-311 | De TE-301 a Estación F.C. Valderrobres | En su totalidad | |
TE-330 | De Valderrobres a Arnés | En su totalidad | |
TE-400 | De N-234 a Bello | En su totalidad | |
TE-403 | De N-234 a Estación F.C. de Luco | En su totalidad | |
TE-430 | De Bello a (Las Cuerlas) Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
TE-600 | De N-234 a Arcos de las Salinas | En su totalidad | |
TE-601 | De Arcos de las Salinas a Losilla de Aras | En su totalidad | |
TE-603 | De Los Cerezos a Abejuela (Primer tramo) | En su totalidad | |
TE-610 | De N-234 a TE-600 | En su totalidad | |
TE-611 | De Manzanera a Lím. Castellón | En su totalidad | |
TE-612 | De N-234 a TE-600 | En su totalidad | |
TE-620 | De N-234 a Estación Puebla de Valverde | En su totalidad | |
TE-700 | De N-232 a Estación de la Puebla de Híjar (Venta del Barro) | En su totalidad | |
TE-701 | De N-232 a Estación de la Puebla de Híjar | En su totalidad | |
TE-702 | De N-232 a Castelnou | En su totalidad | |
TE-703 | De Castelnou a (C-221) Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
TE-710 | De N-420 a Valdealgorfa | En su totalidad | |
TE-711 | De Valdealgorfa a Inter. N-420 y N-232 | En su totalidad | |
TE-712 | De Valdealgorfa a Estación F.C. de Valdealgorfa | En su totalidad | |
TE-720 | De N-420 a Mazaleón | En su totalidad | |
TE-724 | De Mazaleón a (Maella) Lím. Zaragoza | En su totalidad | |
TE-730 | De C-231 a Estación F.C. de Alcañiz | En su totalidad | |
TE-731 | Ronda de Alcañiz | En su totalidad | |
TE-732 | De TE-731 a Alcañiz | En su totalidad | |
TE-800 | De N-420 a Iglesuela del Cid | En su totalidad | |
TE-801 | De TE-800 a El Castellar | En su totalidad | |
TE-802 | De C-232 (Mora de Rubielos) a Allepuz | En su totalidad | |
TE-803 | De Iglesuela del Cid a (Villafranca del Cid) Lím. Castellón | En su totalidad | |
TE-804 | De TE-821 a TE-800 | En su totalidad | |
TE-810 | De TE-800 a Castellote | En su totalidad | |
TE-811 | De C-232 a TE-803 | En su totalidad | |
TE-812 | De TE-800 a Inter. con TE-820 | En su totalidad | |
TE-820 | De N-420 a Aliaga | En su totalidad | |
TE-821 | De Aliaga a N-420 (por Ejulve) | En su totalidad | |
TE-830 | De N-420 a Aguaviva | En su totalidad | |
TE-832 | De N-420 a Mas de las Matas | En su totalidad | |
TE-833 | De TE-830 a Castellote | En su totalidad | |
TE-834 | De TE-832 a TE-840 | En su totalidad | |
TE-840 | De N-420 a Aguaviva | En su totalidad | |
TE-841 | De Aguaviva a (La Balma) Lím. Castellón | En su totalidad | |
TE-842 | De N-420 a Castelseras | En su totalidad | |
TE-843 | De N-420 a TE-840 | En su totalidad | |
TE-844 | De Iglesuela del Cid a (Portell) Lím. Castellón | En su totalidad | |
TE-850 | De N-232 a Torrecilla de Alcañiz | En su totalidad | |
TE-851 | De N-232 a TE-840 | En su totalidad | |
TE-852 | De Castelseras a Torrecilla de Alcañiz | En su totalidad | |
TE-853 | De TE-840 a La Codoñera | En su totalidad | |
TE-854 | De N-232 a La Codoñera | En su totalidad | |
TE-900 | De N-234 a Inter. con TE-911 (Toril) | En su totalidad | |
TE-901 | De N-234 a Albarracín | En su totalidad | |
TE-902 | De N-234 a Inter. con TE-903 y TE-970 (Orihuela del Tremedal) | En su totalidad | |
TE-903 | De Albarracín a Inter. con TE-902 y TE-962 (Orihuela del Tremedal) | En su totalidad | |
TE-904 | De TE-902 a Bronchales | En su totalidad | |
TE-910 | De Cañigral a (N-420) Lím. Cuenca | En su totalidad | |
TE-911 | De Cañigral a Inter. con TE-903 (Albarracín) | En su totalidad | |
TE-912 | De TE-911 a Masegoso | En su totalidad | |
TE-962 | De Orihuela del Tremadal a (Orea) Lím. Guadalajara | En su totalidad | |
TE-970 | De Orihuela del Tremadal a (Alustante) Lím. Guadalajara | En su totalidad | |
Provincia de Zaragoza | |||
Antigua N-II | De Madrid a Francia por La Junquera | Trevesía de Alhama de Aragón | |
Antigua N-II | De Madrid a Francia por La Junquera | Acceso a El Frasno | |
Antigua N-232 | De Vinaroz a Vitoria y Santander | Curvas de Pedrola | |
Antigua N-234 | De Sagunto a Burgos | Antigua travesía de Daroca | |
Antigua N-330 | De Murcia y Alicante a Francia por Zaragoza | Antigua travesía de Cariñena | |
N-240 | De Tarragona a San Sebastián y Bilbao | L.P. Huesca-L.P. Huesca | |
C-116 | De Ariza a Burgo de Osma | En su totalidad | |
C-124 | De Egea de los Caballeros a Tafalla | En su totalidad | |
C-125 | De Tudela a Jaca | En su totalidad | |
C-126 | De Zaragoza a Epila | En su totalidad | |
C-127 | De Gallur a Francia por Sangüesa | En su totalidad | |
C-129 | De Zaragoza a Monzón | En su totalidad | |
C-137 | De Sos a Francia por El Roncal | En su totalidad | |
C-202 | De Tarancón a Calatayud por Priego | En su totalidad | |
C-211 | De Molina de Aragón a Daroca | En su totalidad | |
C-220 | De Cariñena a Borja por Epila | En su totalidad | |
C-221 | De Calatayud a Gandesa | En su totalidad | |
C-222 | De Vivel del Río a Zaragoza por Beltiche | En su totalidad | |
C-230 | De Caspe a Sariñena | En su totalidad | |
Z-100 | De N-330 a Jaulín | En su totalidad | |
Z-101 | De C-221 a Jaulín | En su totalidad | |
Z-102 | De C-221 a Azuara | En su totalidad | |
Z-103 | De Azuara a Moyuela | En su totalidad | |
Z-104 | De Moyuela a Lím. Teruel (Blesa) | En su totalidad | |
Z-110 | De N-II a N-330 | En su totalidad | |
Z-111 | De N-330 a Villanueva de Huerva | En su totalidad | |
Z-112 | De C-221 a Aguilón | En su totalidad | |
Z-113 | De Aguilón a Herrera | En su totalidad | |
Z-120 | De N-330 a Alfamén | En su totalidad | |
Z-121 | De N-II a Alfamén | En su totalidad | |
Z-130 | De El Frasno a Santa Cruz de Grío | En su totalidad | |
Z-131 | De Santa Cruz de Grío a Tobed | En su totalidad | |
Z-132 | De Tobed a Codos | En su totalidad | |
Z-133 | De Codos a Mainar | En su totalidad | |
Z-134 | De Mainar a Badules | En su totalidad | |
Z-140 | De N-II a Santa Cruz de Grío | En su totalidad | |
Z-150 | De N-330 a Badules | En su totalidad | |
Z-151 | De Badules a Luesma | En su totalidad | |
Z-152 | De Luesma a Herrera | En su totalidad | |
Z-153 | De Z-113 a Azuara | En su totalidad | |
Z-154 | De C-222 a Azuara | En su totalidad | |
Z-160 | De Z-150 a Lechón | En su totalidad | |
Z-161 | De Lechón a Lím. Teruel (Ferreruela) | En su totalidad | |
Z-170 | De Lecera a TE-110 | En su totalidad | |
Z-171 | De Lecera a su Estación F.C. | En su totalidad | |
Z-301 | De N-232 a Rueda | En su totalidad | |
Z-302 | De Epila a Rueda | En su totalidad | |
Z-303 | De C-220 a Z-301 | En su totalidad | |
Z-310 | De N-240 a Estación F.C. de Riglos | En su totalidad | |
Z-311 | De Calatorao a su Estación F.C. | En su totalidad | |
Z-312 | De N-II a Calatorao | En su totalidad | |
Z-320 | De Almunia a Ricla | En su totalidad | |
Z-321 | De Ricla a Fuentedejalón | En su totalidad | |
Z-322 | De C-220 a Fuentedejalón | En su totalidad | |
Z-323 | De C-220 a Magallón | En su totalidad | |
Z-324 | De Magallón a Frescano | En su totalidad | |
Z-330 | De N-II a Morata de Jalón | En su totalidad | |
Z-331 | De Morata de Jalón a Chodes | En su totalidad | |
Z-332 | De Chodes a Arandiga | En su totalidad | |
Z-333 | De Arandiga a Niguella | En su totalidad | |
Z-334 | De Niguella Mesones | En su totalidad | |
Z-340 | De El Frasno a Mores | En su totalidad | |
Z-341 | De Mores a Brea | En su totalidad | |
Z-342 | De Brea a Illueca | En su totalidad | |
Z-343 | De Illueca a Jarque | En su totalidad | |
Z-344 | De Jarque a Lím. Soria (Ciria) | En su totalidad | |
Z-351 | De N-II a Embid de Ariza | En su totalidad | |
Z-352 | De Embid de Ariza a Lím. Soria (Cihuela) | En su totalidad | |
Z-354 | De Tierga a Calcena | En su totalidad | |
Z-360 | De C-220 a Tabuenca | En su totalidad | |
Z-361 | De Tierga a Tabuenca | En su totalidad | |
Z-362 | De Tierga a Mesones | En su totalidad | |
Z-363 | De Z-362 a Illueca | En su totalidad | |
Z-364 | Travesía de Mallén (Antigua N-232) | En su totalidad | |
Z-370 | De Bulbuente a Ambel | En su totalidad | |
Z-371 | De Ambel a Talamantes | En su totalidad | |
Z-372 | De N-122 a Monasterio de Veruela | En su totalidad | |
Z-373 | De Monasterio de Veruela a Añón | En su totalidad | |
Z-380 | De Torrelapaja a Bijuesca | En su totalidad | |
Z-381 | De Bijuesca a Torrijo | En su totalidad | |
Z-382 | De N-234 a Villalengua | En su totalidad | |
Z-383 | De N-234 a Aniñón | En su totalidad | |
Z-384 | De Z-340 a Estación Embid de la Rivera | En su totalidad | |
Z-400 | De Ateca a Munebrega | En su totalidad | |
Z-410 | De Alhama a Nuévalos | En su totalidad | |
Z-411 | De Nuévalos a Monterde | En su totalidad | |
Z-412 | De Monterde a C.V. de Cimballa | En su totalidad | |
Z-413 | De Monterde a Abente | En su totalidad | |
Z-414 | De Abente a Cubel | En su totalidad | |
Z-420 | De N-234 a Morata de Jiloca | En su totalidad | |
Z-421 | De Morata a Acered | En su totalidad | |
Z-422 | De Acered a Cubel | En su totalidad | |
Z-423 | De C-211 a Cubel | En su totalidad | |
Z-424 | De C-211 a Las Cuerlas | En su totalidad | |
Z-430 | De Las Cuerlas a Lím. Teruel (Bello) | En su totalidad | |
Z-440 | De Daroca a Atea | En su totalidad | |
Z-441 | De Atea a Acered | En su totalidad | |
Z-450 | De N-II a Cetina | En su totalidad | |
Z-451 | De Cetina a Jaraba | En su totalidad | |
Z-452 | De Jaraba a Campillo | En su totalidad | |
Z-453 | De Jaraba a Calmarza | En su totalidad | |
Z-460 | De N-II a Castejón de las Armas a Carenas | En su totalidad | |
Z-461 | De Castejón de las Armas a Carenas | En su totalidad | |
Z-462 | De Z-410 a Carenas | En su totalidad | |
Z-463 | De Z-410 a Ibdes | En su totalidad | |
Z-464 | De Ibdes a Jaraba | En su totalidad | |
Z-500 | De Zueva a Las Pedrosas | En su totalidad | |
Z-501 | De C-125 a Las Pedrosas | En su totalidad | |
Z-502 | De C-125 a Luna | En su totalidad | |
Z-503 | De Z-550 a Luna | En su totalidad | |
Z-510 | De Villanueva de Gállego a Castejón de Valdejasa | En su totalidad | |
Z-521 | De C-127 a Alagón | En su totalidad | |
Z-522 | De C-127 a (Fustiñana) Lím. Navarra | En su totalidad | |
Z-523 | De N-232 a Gallur | En su totalidad | |
Z-524 | De N-232 a Alagón | En su totalidad | |
Z-530 | De Santa Eulalia de Gállego a (Ayerbe) Lím. Huesca | En su totalidad | |
Z-532 | De Biel a Fuencalderas | En su totalidad | |
Z-533 | De Fuencalderas a Santa Eulalia de Gállego | En su totalidad | |
Z-534 | De N-240 a Agüero | En su totalidad | |
Z-540 | De Luesia a Farasdúes | En su totalidad | |
Z-541 | De Farasdúes a Ribas | En su totalidad | |
Z-542 | De C-127 a Camino Vecinal de Egea de Ribas | En su totalidad | |
Z-550 | De Biel a Luesia | En su totalidad | |
Z-551 | De Luesia a Uncastillo | En su totalidad | |
Z-552 | De Sadaba a Uncastillo | En su totalidad | |
Z-560 | De C-137 a Undues Pintano | En su totalidad | |
Z-561 | De Undues Pintano a Pintano | En su totalidad | |
Z-562 | De Pintano a Bagués | En su totalidad | |
Z-563 | De Bagués a (Larués) Lím. Huesca | En su totalidad | |
Z-570 | De C-137 a (Portilla de Aragón) Lím. Huesca | En su totalidad | |
Z-571 | De C-137 a Isuerre | En su totalidad | |
Z-572 | De Z-571 a Lobera de Onsella | En su totalidad | |
Z-573 | De Z-572 a Longas (sin terminar) | En su totalidad | |
Z-680 | De N-122 a L.P. de Soria | En su totalidad | |
Z-681 | De Z-680 a La Estación de La Nava | En su totalidad | |
Z-700 | De N-II a Gelsa | En su totalidad | |
Z-701 | De N-232 a Gelsa | En su totalidad | |
Z-702 | De Z-701 a La Zaida | En su totalidad | |
Z-703 | De C-221 a Hijar | En su totalidad | |
Z-704 | De C-230 a Sastago | En su totalidad | |
Z-710 | De C-230 a (Candasnos) Lím. Huesca | En su totalidad | |
Z-720 | De C-221 a Mequinenza | En su totalidad | |
Z-721 | De Z-720 a Fabara | En su totalidad | |
Z-723 | De Monaspe a Batea (Lím. Tarragona) | En su totalidad | |
Z-724 | De Maella a (Mazaleón) Lím. Teruel | En su totalidad | |
Z-800 | De N-II a San Mateo de Gállego | En su totalidad | |
Z-801 | De Zuera a San Mateo de Gállego | En su totalidad | |
Z-810 | De C-129 a Monegrillo | En su totalidad | |
Z-811 | De La Almulda a Monegrillo | En su totalidad | |
Z-820 | Travesía de Bujaraloz | En su totalidad | |
Z-890 | De N-II a N-123 (Zaragoza) | En su totalidad | |
Z-891 | De N-123 (Autovía) a c/ San Juan de la Peña (Zaragoza - Ebro Viejo) | En su totalidad | |
Antigua N-II | Curvas de La Muela | En su totalidad | |
S/C | Acceso a El Frago | En su totalidad | |
S/C | Acceso a Asín | En su totalidad | |
S/C | Acceso a Navardún | En su totalidad | |
S/C | Acceso a Urries | En su totalidad | |
S/C | Acceso a Bulbuente | En su totalidad | |
(1) Deberían excluirse aquellas carreteras que son precisas para lograr la continuidad de los itinerarios de Interés General del Estado Se incluyen en la transferencia de carreteras a la Comunidad Autónoma de Aragón los ramales de acceso a las carreteras transferidas y los tramos de carretera sustituidos por variantes, cuya relación detallada se recogerá en las preceptivas actas de transferencia |
Don José Antonio Torres Soto y doña María Ángeles González García, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, certifican:
Que en la sesión plenaria de la Comisión, celebrada el día 27 de junio de 1983 se adoptó el acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios del Estado en materia de carreteras en los términos que a continuación se expresan:
A) Referencia a normas constitucionales y estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso
La Constitución en el artículo 148.1.5 establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y en el artículo 149.1.24 reserva al Estado la competencia exclusiva sobre obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma, y en el número 13 del mismo apartado y artículo atribuye al Estado la competencia exclusiva con relación a las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Por su parte el Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 35 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en carreteras cuyo itinerario se desarrolle, íntegramente en territorio de la Comunidad.
Sobre la base de estas previsiones constitucionales y estatutarias se procede a operar ya en este campo traspasos de funciones de tal índole a la misma, dentro del marco de los artículos 131 y 149.1.13 de la Constitución.
B) Criterios utilizados para la determinación de las carreteras que deben ser traspasadas a la Comunidad Autónoma y de las que deben permanecer a cargo del Estado
En aplicación de las disposiciones legales citadas en el epígrafe A), se acuerdan los criterios, que se exponen a continuación, para la definición concreta de las carreteras de interés general del Estado y de interés de la Comunidad Autónoma.
B.1. Carreteras estatales:
Son carreteras estatales las integradas en itinerarios de interés general del Estado, definiéndose como tales las siguientes:
B.2. Carreteras autonómicas:
Son carreteras autonómicas aquellas cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de las respectivas Comunidades y no formen parte de los itinerarios de interés general del Estado.
C) Funciones del Estado que asume la Comunidad Autónoma e identificación de las carreteras y servicios que se traspasan
1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Aragón las siguientes funciones:
a) La administración y gestión de las carreteras que pasan a ser titularidad de la Comunidad Autónoma de conformidad con el presente Acuerdo y se recogen nominal y detalladamente en la relación número 1 adjunta.
b) Las funciones que la Ley 51/1974 de Carreteras, atribuye a los órganos de la Administración del Estado, en relación con las carreteras de titularidad autonómica, provincial y municipal.
c) La facultad de proyectar, construir, conservar y explotar nuevas carreteras de interés autonómico.
2. Para la efectividad de las funciones relacionadas se traspasan a la Comunidad Autónoma los medios personales y materiales que se describen en los epígrafes siguientes y en las relaciones adjuntas números 2 y 3.
D) Servicios y funciones que se reserva la Administración del Estado
Permanecerán en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo las siguientes funciones:
a) La titularidad, administración y gestión de las carreteras que de acuerdo con los criterios establecidos en el epígrafe B.1 no son objeto de transferencia.
b) La facultad de proyectar, construir, conservar y explotar nuevas carreteras de interés general, en desarrollo de las atribuciones conferidas al Estado por el artículo 131 de la Constitución Española.
c) La determinación de la normativa técnica básica de interés general y en particular la referida a la señalización y balizamiento de las carreteras.
E) Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma y forma de cooperación
1. Se desarrollarán coordinadamente entre el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones que se derivan de la aplicación del artículo 131.2 de la Constitución española.
2. Se crea una Comisión de Coordinación, de carácter transitorio, compuesta por dos representantes del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y dos de la Comunidad Autónoma de Aragón con las funciones que expresamente se le atribuyen en el presente acuerdo, así como las necesarias para coordinar las actuaciones del Estado y la Comunidad en la materia y formalizar la entrega de los elementos materiales a traspasar, estén o no citados nominalmente en las relaciones adjuntas, haciendo las propuestas que sean convenientes para que el traspaso se lleve a efecto sin menoscabo del servicio público.
3. El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y la Comunidad Autónoma de Aragón se prestarán mutuamente la máxima colaboración en aquellas materias técnicas que precisen especialmente en lo referido a tecnología de carreteras e información estadística, previéndose la posible utilización conjunta de los medios disponibles.
4. El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y la Comunidad Autónoma de Aragón podrán establecer los convenios y acuerdos precisos para la mejor gestión del conjunto de las redes de su titularidad.
F) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan
1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Aragón los bienes inmuebles afectos a las carreteras transferidas, que se identificarán en las actas que se levanten al efecto.
En particular se traspasan los siguientes bienes:
a) Viviendas de personal y parques de maquinaria, expresados en la relación 2.1.
b) Locales de oficinas, descritos en la relación 2.2, así como la deuda en metros cuadrados que en la citada relación se indica, hasta que no se convalide la transferencia de locales de oficina señalada.
c) Otros bienes inmuebles descritos en la relación 2.3. Igualmente se traspasan a la Comunidad Autónoma de Aragón todas las parcelas anexas a las carreteras traspasadas y resultantes de modificaciones de trazado o expropiadas para mejoras, ensanches, etcétera, así como todas las parcelas, viveros, almacenes, casas de Peones Camineros, etcétera, que estén anexas a las carreteras traspasadas o al servicio de ellas y que no estén expresamente recogidas en la relación 2.3.
2. Asimismo se traspasan a la Comunidad Autónoma los expedientes de contratación en marcha y los contratos en ejecución afectados por el traspaso, que se detallan en la relación 2.4 con sus anualidades correspondientes.
No obstante, para las obras en fase de contratación o en marcha en el momento del traspaso se podrán concertar acuerdos bilaterales específicos de colaboración para la gestión y liquidación de las mismas.
A partir de la efectividad de este traspaso, la Comunidad Autónoma se subroga en los derechos y obligaciones que con posterioridad a la misma se deriven de los anteriores expedientes de contratación y obras de ejecución. Las indemnizaciones correspondientes a los expedientes expropiatorios ligados a los medios traspasados e iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del traspaso serán de cargo de la Administración del Estado en la parte que exceda de los recursos destinados a la cobertura del coste efectivo.
Sin perjuicio de lo previsto en materia de expropiaciones será de cargo de la Administración del Estado el coste derivado del cumplimiento y ejecución por la Comunidad Autónoma de Aragón de las sentencias judiciales que se pronuncien en los procesos iniciados con anterioridad a la fecha de efectividad del traspaso, o en los que, iniciados después de dicha fecha, tengan por objeto el reconocimiento de derechos o situaciones jurídicas, que sean declaradas judicialmente perfeccionadas con anterioridad a la misma, siempre que se notifique a la Administración del Estado en tiempo y forma, a efectos de que, en tiempo hábil, pueda personarse debidamente.
3. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Aragón los vehículos y maquinaria señalados en la relación 2.5, cuya identificación será realizada por la citada Comisión de Coordinación y materializada en las correspondientes actas de entrega.
4. Asimismo se traspasa a la Comunidad Autónoma de Aragón el mobiliario, material de oficina y equipos de delineación, reprografía, fotogrametría, topografía, auscultación, laboratorio, taller, radioteléfonos, equipos informáticos y otros, adscritos a los servicios de carreteras, correspondientes al cumplimiento de las funciones traspasadas. A tal efecto, la Comisión de Coordinación citada anteriormente realizará un inventario detallado de dichos elementos, con su valor actualizado a fin de formalizar el acta de entrega.
G) Personal adscrito a los Servicios e Instituciones que se traspasan
1. El personal adscrito a los Servicios e Instituciones que se traspasan y que se referencia nominalmente en la relación adjunta número 3 pasará a depender de la Comunidad correspondiente en los términos legalmente previstos por el Estatuto de Autonomía y las demás normas en cada caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta y con su número de Registro de Personal.
2. Por la Subsecretaría del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo se notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa, tan pronto el Gobierno apruebe el presente Acuerdo por Real Decreto. Asimismo se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Aragón una copia certificada de todos los certificados de haberes, referidos a las cantidades devengadas durante 1983.
H) Puestos de trabajo vacantes que se traspasan
Los puestos de trabajo vacantes dotados presupuestariamente que se traspasan son los que se detallan en la relación adjunta numero 3, con indicación del Cuerpo o Escala al que están adscritos o asimilados, nivel orgánico y dotación presupuestaria correspondiente.
I) Valoración definitiva de las cargas financieras de los servicios traspasados
I.1. El coste efectivo que, según la liquidación del presupuesto de gastos para 1981, corresponde a los Servicios que se traspasan a la Comunidad se eleva con carácter definitivo a 1.867,257 millones de pesetas, según detalle que figura en la relación número 4.1.
I.2. Los recursos financieros que se han destinado a sufragar los gastos originados por el desempeño de los servicios que se traspasan durante el ejercicio de 1983 comprenderán las siguientes dotaciones:
Millones de pesetas | |
---|---|
Asignaciones presupuestarias para cobertura del coste efectivo (su detalle aparece en la relación 4.2) | 2.168,093 |
Recaudación prevista por tasas y otros ingresos | 49,485 |
Las dotaciones y recursos señalados anteriormente se actualizarán de acuerdo con el Presupuesto General del Estado para 1984.
I.3. Transitoriamente, mientras no entre en vigor la correspondiente Ley de participación en los Tribunales del Estado mediante la consolidación en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado de los créditos relativos a los distintos componentes del coste efectivo, por los importes que se indican susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley Presupuestaria:
Créditos en pesetas 1981 Millones de pesetas |
|
---|---|
a) Coste brutos: | |
Gastos de personal | 797,532 |
Gastos de funcionamiento | 78,002 |
Inversiones para conservación, mejora y sustitución | 1.032,823 |
b) A deducir: | |
Recaudación anual por tasas y otros ingresos | 41,100 |
Financiación neta | 1.867,257 |
I.4. Las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio, a que se refiere el apartado I.3 respecto a la financiación de los servicios traspasados, serán objeto de regulación al cierre de cada ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una Comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda.
J) Documentación y expedientes de los Servicios que se traspasan
La entrega de la documentación y expedientes de los Servicios traspasados se realizará en el plazo de un mes desde la aprobación de este acuerdo por el Consejo de Ministros, y la resolución de aquellos que se hallen en tramitación se realizará de conformidad con lo previsto en el artículo 8. del Real Decreto 1956/1983, de 29 de junio.
K) Fecha de efectividad de los traspasos
Los traspasos de funciones y de medios objeto de este acuerdo tendrán efectividad a partir del día 1 de julio de 1983.
Y para que conste expedimos la presente certificación en Madrid a 27 de junio de 1983.- Los Secretarios de la Comisión Mixta, José Antonio Torres Soto y doña María Ángeles González García.
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